Desde el 11 de junio, la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) aplica nuevos montos y exige el pago a través de su plataforma digital para apelaciones, mociones, solicitudes de alivio y casos de asilo.
Desde el 11 de junio de 2025, la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) de Estados Unidos implementó cambios en el sistema de pago de trámites migratorios, según lo establecido en la legislación presupuestaria H.R. 1, conocida como One Big Beautiful Bill Act. Las modificaciones incluyen nuevos montos y la obligatoriedad del pago electrónico a través del portal digital de la EOIR.
El único mecanismo habilitado para abonar las tarifas es la plataforma digital de pagos de la EOIR, que centraliza el cobro de procedimientos presentados ante las Cortes de Inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Los comprobantes emitidos por el portal deberán acompañar cada presentación; de lo contrario, los documentos no serán considerados formalmente presentados.
Las nuevas tarifas incluyen valores vigentes y cargos incorporados por la legislación. Entre los cambios relevantes, el costo de las apelaciones ante la BIA asciende a US$710. Las mociones para reabrir o reconsiderar resoluciones tienen una tarifa de US$710. Las solicitudes de suspensión de deportación mediante el formulario EOIR-40 cuestan US$710, mismo monto para determinadas solicitudes de cancelación de remoción destinadas a residentes permanentes. La cancelación de remoción para personas sin residencia permanente alcanza los US$1640.
En materia de asilo, se incorporó una tarifa inicial para presentar la solicitud y una cuota anual por cada año calendario en que el expediente continúe pendiente de resolución.
La normativa mantiene la posibilidad de solicitar una exención de pago en algunos procedimientos si el interesado demuestra falta de recursos económicos, mediante documentación que respalde esa situación. No obstante, las tarifas relacionadas con la solicitud inicial de asilo y la cuota anual asociada no pueden ser eliminadas ni reducidas por decisión administrativa o judicial. Si una solicitud de exención es rechazada, el interesado dispone de 15 días para volver a presentar el trámite con el pago o una nueva petición corregida; durante ese período, los plazos procesales quedan suspendidos.
Los pagos efectuados a través del portal son, en términos generales, no reembolsables, independientemente del resultado del caso. Además, al presentar varios formularios de manera simultánea, se debe abonar la tarifa de cada uno, ya que dejó de aplicarse el criterio que permitía pagar únicamente el trámite de mayor valor.
