El dirigente mapuche cuestionó las pruebas de la causa y afirmó que no existen testigos que acrediten los delitos atribuidos. Fue condenado a cinco años y dos meses mediante un juicio abreviado homologado el 16 de septiembre por el juez federal de Bariloche Leandro Gómez Constenla.
Facundo Jones Huala cuestionó la causa por la que fue condenado y aseguró desde la cárcel que no existen pruebas contundentes ni testigos que acrediten los delitos que se le atribuyeron. Además, explicó que aceptó un juicio abreviado ante el riesgo de recibir una pena mayor si el expediente llegaba a juicio oral.
El dirigente mapuche reconstruyó el recorrido de la causa iniciada después de la presentación de su libro Entre rejas, antipoesía incendiaria, en febrero de 2025. Según relató, aquel acto en la Biblioteca Popular Aimé Painé de Bariloche incluyó un discurso sobre su militancia, su hermano y la causa mapuche.
Meses después fue detenido por la Policía Federal en El Bolsón. Jones Huala sostuvo que el procedimiento se produjo antes de que existiera una orden judicial y afirmó que incluso el jefe del operativo le manifestó que consideraba injusta la detención.
Su abogado, Gustavo Franquet, también cuestionó el procedimiento y sostuvo que la Policía Federal seguía los movimientos del dirigente, pero que no existía una orden judicial ni una situación de flagrancia que justificara el arresto.
Jones Huala cuestionó las pruebas de la causa
Jones Huala reconoció su pertenencia a la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), pero negó que esa circunstancia demostrara su responsabilidad en hechos concretos. También aseguró que no existen escuchas en las que aparezca ordenando ataques.
Según su interpretación, terminó siendo responsabilizado por su pertenencia a la organización y por sus declaraciones públicas. “El solo hecho de ser parte de la organización, de reivindicarla, de haber hablado de la organización, es el delito”, sostuvo.
El dirigente fue condenado a cinco años y dos meses de prisión mediante un juicio abreviado homologado el 16 de septiembre por el juez federal de Bariloche Leandro Gómez Constenla. El acuerdo evitó que la causa llegara a juicio oral y contempló su reconocimiento como integrante de la RAM.
La sentencia se encuadró en el artículo 213 bis del Código Penal, mientras que quedaron fuera de la condena varias de las imputaciones iniciales, entre ellas intimidación pública, incitación a la violencia colectiva, asociación ilícita y apología del delito.
Por qué aceptó el juicio abreviado
Jones Huala explicó que decidió aceptar el acuerdo porque consideraba posible recibir una pena superior a los 15 años si el caso llegaba a juicio oral. La negociación tuvo participación del fiscal Fernando Arrigo y terminó con una pena de cinco años y dos meses.
Según relató, inicialmente se discutió una pena de cinco años y seis meses bajo otra figura penal, pero finalmente se acordó modificar la calificación. “Yo te acepto la cantidad de años, pero con otro artículo”, recordó.
El abogado Franquet cuestionó también el mecanismo del juicio abreviado y sostuvo que, en casos como este, puede convertirse en una herramienta de presión para quien enfrenta una posible condena elevada.
Jones Huala permanece detenido desde el 6 de junio de 2025 y, según el cálculo realizado durante el proceso, agotaría la pena en agosto de 2030. “Yo tengo una condena por expresar mi ideología, por expresar mi militancia, por decir ‘yo soy esto’”, afirmó.
