La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó, mediante la Resolución General 5890/2026, el vencimiento para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La nueva fecha límite es el 22 de septiembre de 2026, mientras que el primer anticipo de 2026 se postergó hasta el 24 de septiembre.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció, a través de la Resolución General 5890/2026 publicada en el Boletín Oficial, una nueva prórroga para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. El plazo vence el 22 de septiembre de 2026, en reemplazo de la fecha anterior del 27 de agosto.
La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en el régimen general y en el Régimen de Declaración Jurada Simplificada. Según el organismo, la extensión responde a «razones de administración tributaria» y busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
La resolución también modificó el calendario del período fiscal 2026. El primer anticipo de Ganancias, que originalmente vencía en agosto, se postergó hasta el 24 de septiembre de 2026. El plazo para el pago del saldo correspondiente al período 2025 no fue modificado y venció el 27 de julio de 2026.
Esta es la tercera modificación del cronograma. Inicialmente, ARCA había fijado el 27 de julio como fecha límite para presentar y pagar, luego extendió la presentación al 27 de agosto y ahora al 22 de septiembre. El impuesto sobre los Bienes Personales mantuvo su calendario: presentación y pago hasta el 27 de julio de 2026.
La Resolución General 5890/2026, firmada por el director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial.
