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martes, 23 junio, 2026

El Gobierno amplió el acceso a maquinaria usada importada y redujo exigencias para las empresas

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El Gobierno nacional modificó el régimen de importación de líneas de producción usadas para facilitar el acceso a maquinaria y tecnología industrial, según un decreto publicado en el Boletín Oficial.

El Gobierno nacional modificó el régimen de importación de líneas de producción usadas a través del Decreto 483/2026, publicado en el Boletín Oficial el martes 23 de junio. La medida fue firmada por el presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo.

Según un comunicado oficial, la actualización busca promover la modernización del entramado productivo y mejorar la competitividad de los productos industriales. La normativa modifica el Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas creado por el Decreto 1174/2016.

Entre las principales modificaciones, el Gobierno redefinió el concepto de línea de producción al eliminar la exigencia de que su componente principal sea usado. Además, incorporó dentro del régimen a las líneas destinadas a la generación de energía eléctrica y a los sistemas de almacenamiento automatizado inteligente, conocidos como «almacenes inteligentes».

Se amplió la antigüedad admitida para bienes reconstruidos o actualizados, que ahora podrá llegar hasta los 30 años. También se redujo del 30% al 10% el requisito de compra de bienes nacionales sobre el valor FOB de los bienes importados.

En materia tributaria, el decreto establece que los bienes usados alcanzados por el régimen tributarán únicamente el 25% de los aranceles correspondientes al momento de la importación. Además, quedarán exceptuados del pago de la tasa de comprobación de destino y de la tasa de estadística.

El decreto introdujo modificaciones en los mecanismos de control. Se reemplaza el esquema de auditorías por un sistema de rendición de cuentas a cargo de profesionales certificados. La norma también establece nuevos procedimientos para la presentación de proyectos, la rendición de cuentas y la evaluación de las inversiones, incorporando plazos específicos tanto para los administrados como para la administración pública.

Por último, el Decreto 483/2026 dispuso que las modificaciones serán aplicables a expedientes pendientes de resolución y encomienda a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y a la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa la elaboración de las normas complementarias necesarias para su implementación.

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