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lunes, 22 junio, 2026

ANSES definió las fechas de cobro: el calendario de julio de 2026 para los jubilados y pensionados

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) estableció el cronograma de pagos para jubilados, pensionados y beneficiarios de Pensiones No Contributivas correspondiente a julio de 2026. Las acreditaciones se realizarán según la terminación del DNI de cada titular.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) definió el esquema de acreditaciones para julio de 2026. La Dirección General de Finanzas de la entidad centralizó las fechas definitivas. El documento determinó la distribución de los recursos correspondientes a las diferentes ventanillas previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

El planeamiento financiero del organismo estableció una segmentación que responde a la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI) de cada titular. La conducción de la seguridad social fijó el martes 11 de agosto de 2026 como el límite improrrogable para la vigencia de todas las Órdenes de Pago Previsional (OPP) y Comprobantes de Pago emitidos durante ese ciclo.

Jubilación mínima

La liquidación de haberes mensuales para los jubilados y pensionados cuyos ingresos brutos se encuadren por debajo del primer umbral distributivo sumará la mayor cantidad de jornadas operativas en los bancos. Este sector abarca a las empresas reguladas por la Resolución D.E. N° 327 del 3 de noviembre de 2009. La grilla de giros se dividió bajo la siguiente progresión diaria:

  • Documentos terminados en 0: a partir del 8 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 1: a partir del 10 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 2: a partir del 13 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 3: a partir del 14 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 4: a partir del 15 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 5: a partir del 16 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 6: a partir del 17 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 7: a partir del 20 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 8: a partir del 21 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 9: a partir del 22 de julio de 2026.

Jubilaciones y pensiones que superen el haber mínimo

El último tramo del mes concentrará el cobro para las categorías con ingresos superiores del sistema previsional. Se efectuará agrupando las terminaciones de DNI de a dos dígitos por jornada:

  • Documentos terminados en 0 y 1: a partir del 23 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 2 y 3: a partir del 24 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 4 y 5: a partir del 27 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 6 y 7: a partir del 28 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 8 y 9: a partir del 29 de julio de 2026.

Pensiones No Contributivas

El esquema administrativo dispuso que la apertura de las transferencias mensuales corresponderá a las asignaciones asistenciales directas. Los desembolsos se organizaron en cinco grupos que completarán la totalidad de las terminaciones numéricas en la primera mitad del mes:

  • Documentos terminados en 0 y 1: a partir del 8 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 2 y 3: a partir del 10 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 4 y 5: a partir del 13 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 6 y 7: a partir del 14 de julio de 2026.
  • Documentos terminados en 8 y 9: a partir del 15 de julio de 2026.

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